El Régimen de Maquila es un sistema de producción de bienes y prestación de servicios, cuyo objetivo es el desarrollo industrial, la creación de empleo y el incremento de las exportaciones. La producción o prestación se realiza por cuenta y orden de una empresa domiciliada en el extranjero, la cual se denomina matriz. En virtud de un contrato internacional todo lo que se produce en territorio nacional se exporta a cualquier parte del mundo.
La maquila ofrece una oportunidad única a inversionistas que quieran aprovechar las condiciones preferenciales que ofrece el Paraguay así como las ofrecidas por el régimen de maquila para aumentar considerablemente su competitividad.
En el Paraguay el Régimen de Maquila fue creado por la Ley Nº 1064 del año 1997 «De la Industria Maquiladora de Exportación» y está reglamentado por el Decreto Nº 9585 del año 2000, cuyo principal objetivo es el de promover el establecimiento y regular las operaciones de las empresas maquiladoras en el Paraguay.
Desde sus inicios, este régimen ha demostrado ser una herramienta genuina de apoyo al desarrollo de la economía nacional. Con la maquila, no solamente productos con sello «made in Paraguay/ fabricado no Paraguay / Hecho en Paraguay» han recorrido el mundo entero haciendo conocer la capacidad productiva de nuestro país, sino que además es fundamental para la generación de puestos de trabajo y para dinamizar nuestra economía.
En julio del año 2000 fue reglamentada la LEY 1064/97 “DE LA INDUSTRIA MAQUILADORA DE EXPORTACIÓN”, que tiene por objeto promover el establecimiento y regular las operaciones de empresas maquiladoras que se dediquen total o parcialmente a realizar procesos productivos tangibles o intangibles, combinando bienes o servicios de procedencia extranjera importados temporalmente, con mano de obra y otros recursos nacionales, destinando su producción a los mercados de exportación.
Esta actividad es realizada en virtud del Contrato de Maquila, suscrito entre una empresa domiciliada dentro del territorio nacional (Maquiladora) y otra domiciliada en el exterior (Matriz).
La Maquila Paraguaya se encuentra hoy operativa y en etapa de expansión, con el trabajo conjunto de los Sectores privado y público, a través del Consejo Nacional de las Industrias Maquiladoras de Exportación (CNIME), la Cámara de Empresas Maquiladoras del Paraguay (CEMAP), y otros gremios interesados.
Maquila
Realización, bajo contrato con una matriz extranjera, de procesos industriales o de servicios, totales o parciales sobre bienes tangibles o intangibles, admitidos temporalmente Las entradas y salidas de todos los bienes previstos en el Programa de Maquila son administradas por un Sistema de Cuentas Corrientes que maneja la admisión temporaria, procesamiento y devolución al exterior, y donde las Maquiladoras están estructuradas como Centros de Costos de Producción
La garantía ofrecida por la Maquiladora debe ser suficiente en todo momento para cubrir la sumatoria de los impuestos temporalmente suspendidos, indicados por el saldo en cuenta
La Matriz envía a la maquiladora, bienes de capital, materias primas, insumos, directamente o desde otros países; estos bienes entran al país bajo la figura de admisión temporaria durante el tiempo establecido en el Programa (12 meses prorrogables a 12 meses más), con suspensión del pago de impuestos, previo afianzamiento que garantice los montos de los gravámenes eventualmente aplicables.
La maquiladora a su vez podrá contratar bienes, servicios, mano de obra y otros dentro del territorio paraguayo o importar de otros países por cuenta y orden de la Matriz.
Los productos resultantes del servicio de maquilado, son enviados nuevamente a la Matriz o al mercado de exportación por cuenta y orden de la Matriz; o como parte del programa pueden ser exportados temporalmente para la realización de procesos complementarios en el exterior.
Los sub productos y desperdicios pueden ser reexportados, destruidos, o nacionalizados para su posterior donación o venta en el mercado local,. La nacionalización implica el pago de todos los gravámenes temporalmente suspendidos.
Las entradas y salidas de todos los bienes previstos en el Programa de Maquila son administradas por un Sistema de Cuentas Corrientes que maneja la admisión temporaria, procesamiento y devolución al exterior,
La garantía ofrecida por la Maquiladora debe ser suficiente en todo momento para cubrir la sumatoria de los impuestos temporalmente suspendidos, indicados por el saldo en cuenta corriente. El mismo registra débito con cada importación, y crédito con las respectivas exportaciones, destrucciones o nacionalizaciones; en un proceso continuo.
• Tanto el Contrato de Maquila como el de Sub-Maquila, se encuentran gravados por un tributo único del 1% (uno por ciento) sobre el valor agregado en territorio nacional o sobre la facturación realizada por cuenta y orden de la Matriz.
• Se entiende por “Valor agregado en territorio nacional”, la suma de los bienes adquiridos en el país, los servicios contratados y los salarios pagados, para cumplir con el Contrato de Maquila y sub-Maquila, la depreciación de los bienes de capital de la Maquiladora o sub-maquiladora y el precio de realizar el servicio de maquila y submaquila.
• El Contrato de Maquila y las actividades realizadas en ejecución del mismo se encuentran exentas de todo otro tributo nacional departamental o municipal.